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La Evolución de la legislación de drones

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Desde el 29 de diciembre de 2017, que se publicó el nuevo marco normativo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que regulará la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto en España. Con esto se trata de una nueva normativa que introduce nuevos escenarios.

Desde el 30 de Diciembre de 2017 la ley que aplica al uso civil de aeronaves pilotadas por controls remoto (RPAs) en España. Fuera de toda duda e interpretación es la normativa que aplica al uso de drones.

¿NECESITO SACARME LA LICENCIA DE PILOTO DE DRONES?

Tras la evolución de la legislación de drones, la normativa actual de drones solamente obliga a sacarse la licencia de piloto a las personas que vayan a desempeñar una actividad profesional con drones profesionales. Estas personas tendrán que acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos, además de acreditar un certificado médico de clase LAPL (para dornes de <25kg) o de Clase II (para drones >25kg).

¿QUE REQUISITOS NECESITO PARA TRABAJAR PROFESIONALMENTE CON DRONES?

Estos son los requisitos que tienes que cumplir para el uso profesional:

  • Estar dado de alta como operador en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
  • Tener el título de piloto de drones.
  • Tener un seguro de responsabilidad civil.
  • Tener certificado médico en vigor.
  • Sólo se puede volar de día y en condiciones meteorológicas favorables.

¿QUÉ REQUISITOS TENGO QUE CUMPLIR SI VUELO DE FORMA RECREATIVA?

Estos son los requisitos que tienes que cumplir para el uso recreativo:

  • Volar a una distancia mínima de 8km de cualquier aeropuerto o aérodromo.
  • Volar fuera del espacio aéreo controlado.
  • No sobrepasar los 120 metros de altura sobre el suelo, o sobre el obstáculo más alto situado dentro de una radio de 150 metros desde la aeronave.
  • Volar de día y en buenas condiciones meteorológicas.
  • Los vuelos siempre serán dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
  • Las aeronaves de menos de 250 gramos podrán volar en ciudad z sobre aglomeraciones de personas y edificios, siempre y cuando no se superen los 20 metros de altura.
  • Es muy recomendable contar con un seguro de responsabilidad civil, lo que no es obligatorio.

No dude en contactarnos si tiene dudas sobre la evolución de la legislación de drones, su ejecución, forma de trabajo o quiere un presupuesto de servicios con drones.